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Exit Tax (Impuesto de Salida)

Impuesto sobre las plusvalías latentes al trasladar la residencia fiscal fuera de España (art. 95 bis del IRPF), aplicable según el caso a tus criptoactivos.

Definición

El exit tax o impuesto de salida es el gravamen sobre las plusvalías latentes —ganancias todavía no realizadas— que se aplica cuando una persona traslada su residencia fiscal fuera de España. Está regulado en el artículo 95 bis de la Ley del IRPF y busca evitar que alguien se marche a otra jurisdicción justo antes de vender, para no tributar aquí por la revalorización generada mientras era residente.

Cuándo se activa. En su diseño general, se dirige a grandes patrimonios en acciones y participaciones y exige haber sido residente fiscal en España durante un número elevado de años y superar ciertos umbrales de valor. Su aplicación a los criptoactivos no es automática ni evidente: una consulta de la Dirección General de Tributos vino a decir que hay que analizarlo caso por caso. Por Bitcoin 'puro' la respuesta en principio apuntaba a que no, pero por otros activos —tokens que otorgan derechos de gobernanza, por ejemplo— habría que estudiarlo.

Relación con la residencia fiscal. El exit tax es una de las cosas que conviene valorar antes de plantearse un cambio de residencia 'por motivos cripto'. Y cambiar de residencia fiscal no depende solo de pasar menos de 183 días en España: hay que cumplir otros requisitos, como trasladar el centro de actividad económica, y no tener 'un pie aquí y otro allí'. Las fórmulas mágicas no existen. No es asesoramiento fiscal: estudia tu caso con un profesional antes de actuar.

En contexto

EJ.

Antes de mudar tu residencia fiscal de España a otro país por motivos fiscales, conviene comprobar si el exit tax aplica a tu cartera: la respuesta para los criptoactivos es caso por caso.